Contacte ahora con Ciriano Abogados

viernes, 3 de julio de 2015

Plazos para formalizar la solicitud

Plazos para formalizar la solicitud
Los interesados tendrán que formalizar su solicitud en el plazo máximo de tres años desde la entrada en vigor de la ley 12/2015, de 24 de junio, el próximo 1 de octubre de 2015. Dicho plazo podrá, no obstante, ser prorrogado por acuerdo del Consejo de Ministros otro año más.

Las solicitudes de adquisición de la nacionalidad española reguladas en la citada ley habrán de ser resueltas como mucho en el plazo de doce meses desde que hubiera tenido entrada en la Dirección General de los Registros y del Notariado el expediente junto con los informes a que hacíamos alusión al explicar el procedimiento.

Transcurrido el plazo anterior sin que hubiera recaído resolución expresa, las solicitudes tendrán que entenderse desestimadas por silencio administrativo.

Safe Creative #1507070187284

AVISO LEGAL · LSSI · POLÍTICA DE COOKIES · POLÍTICA DE PRIVACIDAD


Este sitio emplea cookies como ayuda para prestar servicios. Al utilizar este sitio, estás aceptando el uso de cookies. OK Más información