La elección de una modalidad u otra dependerá de cada caso particular. Si usted vive en un lugar donde no hay Comunidad Judía, no está vinculado a ninguna en especial, o bien reside en una comunidad muy pequeña, quizá lo más práctico sea solicitarlo de la FCJE, puesto que la cantidad de documentos a aportar a un certificado comunitario es grande y con requisitos formales meticulosos. Sin embargo, parece ser que en Comunidades con muchos socios interesados, ya se están moviendo para preparar los documentos y anexos que la ley exige.
Otro requisito formal a tener en cuenta en relación a los certificados emitidos por la Comunidades, es que la firma del Presidente debe ir legalizada por un notario y con la Apostilla de la Haya. Una opción para abaratar el coste de dicho trámite y evitar a su vez la Apostilla de la Haya en los certificados, es firmarlos delante de un Cónsul de España.
Por último, es importante señalar, que cualquier comunidad judía puede emitir los certificados, con la única condición de que se aporten aquellos documentos que acrediten su legalidad, así como la vigencia del cargo del firmante.