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martes, 20 de octubre de 2015

¿Cómo consigo una traducción jurada de los documentos?

¿Cómo consigo una traducción jurada de los documentos?
Es posible que muchos de los documentos que tengamos que aportar al procedimiento estén en lengua diferente a la española. La ley exige que se presente, junto a ellos, su traducción jurada. ¿Qué significa esto?

En España, el traductor jurado es un traductor habilitado por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. Sus funciones se centran en realizar traducciones de documentos oficiales, sean del tipo que sean. ¿Cuál es la diferencia con un traductor no jurado? Que tiene autorización para certificar y habilitar mediante sello y firma la fidelidad y exactitud de su traducción, que tendrá carácter oficial ante las autoridades.

Se trata, por tanto, de profesionales de la traducción, que han superado los exámenes oportunos para conseguir el sello y el carné acreditativo de Traductor Jurado. Estos dos signos son distintivos de los traductores cualificados oficialmente para la traducción de documentos que necesitan una traducción jurada. Un traductor que no posea este título no podrá dar el carácter oficial que necesita su traducción.

No se preocupe, nuestro despacho de abogados de Madrid también le ayudará a elegir a los traductores mejor cualificados para certificar la traducción jurada de sus documentos y poder así optar en plenitud a la obtención de la nacionalidad Española.

jueves, 15 de octubre de 2015

Nacionalidad española: ciudadanía europea

Nacionalidad española: ciudadanía europea
Con la obtención de la nacionalidad española, los sefardíes van a obtener también el pasaporte europeo. La ciudadanía europea es un estatus civil más, que otorga derechos exclusivos a quien la obtiene, en todos los Estados de la Unión Europea.

¿Las ventajas?
-Derecho a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros.
-Derecho a desempeñar cualquier puesto de trabajo en los Estados miembros.
-Derecho de acceso a los documentos del Parlamento, Consejo y Comisión.
-Derecho a votar y presentarse como candidato al Parlamento Europeo y elecciones municipales del Estado donde resida.
-Derecho de acogerse a la protección de las autoridades diplomáticas y consulares de otro Estado miembro cuando España no esté representada en un tercer país.
-Derecho de iniciativa para pedir a la Comisión la presentación de un proyecto de ley.
-Derecho de recurrir ante el Defensor del Pueblo Europeo.
-Derecho a la Tarjeta Sanitaria Europea, etc.

Conseguir la nacionalidad española es la puerta a Europa. Desde nuestro despacho de Madrid, queremos ayudar a que todos los sefardíes tengan acceso a ella. No dude en visitarnos, paso a paso, le indicaremos cómo conseguir la documentación y le acompañaremos en su viaje a España, y la Unión Europea.

domingo, 11 de octubre de 2015

Doble nacionalidad

Doble nacionalidad
Una de las mayores ventajas que concede esta nueva manera de obtener la nacionalidad española, es que permite a los sefardíes conservar su nacionalidad actual, sea cual sea. Para lograr esto, se ha modificado el Código Civil español, en su artículo 23. En virtud de este artículo, hasta ahora, toda persona que desease obtener la nacionalidad española debía renunciar a su anterior nacionalidad, a excepción de los nacionales de países iberoamericanos, andorranos, filipinos, portugueses o ecuatoguineanos. A partir de ahora, se ha añadido a la salvedad a los sefardíes originarios de España.

Hasta ahora, los ciudadanos sefardíes podían adquirir la nacionalidad española por las dos vías habituales: residiendo en España por más de dos años, o por carta de naturaleza. El problema venía con que, con esta segunda opción, al ser un Consejo de Ministros quien valoraba las circunstancias excepcionales de su vinculación con España, quedaba al arbitrio de cada gobierno diferente el conceder una nacionalidad o no. Para evitar injusticias, esta nueva ley establece que todas estas circunstancias necesarias concurren ya de por sí en los ciudadanos extranjeros sefardíes que prueben esta condición y su vinculación con España, tengan o no residencia en España, y cualquiera que sea su ideología, religión o creencias.

¿Le apetece ser también español? Venga por nuestro despacho de Madrid, nos ocupamos.

lunes, 5 de octubre de 2015

Solicitud de nacionalidad para menores de edad

Solicitud de nacionalidad para menores de edad
Son muchos nuestros clientes que preguntan sobre si sus hijos menores de edad también pueden optar a la obtención de la nacionalidad española. La respuesta es que sí, y siguiendo el mismo procedimiento que se establece para los adultos. De hecho, los menores de edad no deberán realizar las pruebas de conocimiento del español y de la Constitución y realidades sociales y culturales españolas. En su defecto, deberán aportarse certificados de sus centros de formación, residencia o educación en los que hayan estado inscritos.

¿Se pueden acumular entonces los procedimientos? El Ministerio no permite acumularlos, sino que se deberá iniciar un procedimiento distinto para cada uno. No obstante, los menores no tienen que venir a España para comparecer ante Notario, sino que la comparecencia se hará a través de sus representantes legales.

La tasa por el procedimiento de cada menor será la misma, 100 euros, sin que haya lugar a ningún tipo de descuentos. Sin embargo, desde nuestro despacho de Madrid sí que contemplamos descuentos, y es que a partir del tercer familiar que solicite la nacionalidad con nosotros, le rebajamos un 75% del precio final en nuestros honorarios.

Si ha confiado en nosotros su solicitud, hágalo también con la de sus hijos, podemos ocuparnos de todos los trámites y hacemos de nuestro servicio la opción más económica para ahorrar costes a toda la familia.

jueves, 1 de octubre de 2015

Acreditar la Haketía y la Ketubah

Acreditar la Haketía y la Ketubah
Entre los muchos requisitos para probar la nacionalidad sefardí, uno de los elementos relevantes es la prueba del uso del idioma ladino, o haketía como idioma familiar. ¿Cómo pretende la ley que se acredite?

Pues bien, no basta con demostrar su conocimiento, sino que es necesario presentar un certificado expedido por la Federación de Comunidades Judías del país donde resida la persona que desea pedir la nacionalidad, o bien de la Comunidad judía o autoridad rabínica de la zona de residencia del interesado.
Por lo tanto, serán estas instituciones quienes deban controlar su conocimiento y acreditar su uso habitual.

En cuanto al certificado de nacimiento o el certificado matrimonial en que conste su celebración según las tradiciones de Castilla, o la ketubah, ¿dónde deben pedirse?

En el caso del certificado de nacimiento, deberá pedirse por el procedimiento habitual, es decir, en el Registro Civil del país de origen del interesado donde se hubiera inscrito su nacimiento.

En cuanto al certificado de matrimonio, también se solicitará en el Registro civil del país donde se hubiera inscrito el matrimonio que estuviera facultado para efectuar la inscripción de este tipo de certificados particulares judíos. También podrá ser solicitado a la Federación de Comunidades Judías del país del interesado o de la Comunidad judía o autoridad rabínica de la zona de residencia del solicitante.

Para recibir asesoramiento sobre dónde y cómo acreditar los documentos, llámenos o visite nuestro despacho de Madrid, nuestros abogados trabajan por usted.

lunes, 28 de septiembre de 2015

APLICACIÓN DE LA LEY SEGÚN EL ORIGEN GEOGRÁFICO

La nueva Ley 12/2015, de 24 de junio, en su exposición de motivos, puede resultar un poco ambigua a la hora de definir a los sefardíes. Dice en su primer párrafo que [se denomina sefardíes a los judíos que vivieron en la Península Ibérica, y en particular, a sus descendientes] pero que [sin embargo, por imperativos de la historia, los judíos volvieron a emprender los caminos de la diáspora, agregándose o fundando comunidades nuevas sobre todo en el Norte de África, en los Balcanes y en el Imperio Otomano].

Como se puede observar, la numeración se hace por regiones, y no por países. Por un lado, el Norte de África, podría comprender a Marruecos, Tunez, Argelia, Libia y Egipto. Continua el texto citando a los Balcanes, que hoy en día están formados por los países de la Antigua Yugoslavia, Grecia, Rumania y Bulgaria. Y finalmente, hace alusión al Imperio Otomano, antecesor de la zona que ahora componen Turquía, Líbano y Siria.

Pues bien, a aquellos sefardíes, judíos o no, cuyos antepasados sean originarios de estos países, se les aplica la nueva Ley.

Dicho esto, conviene señalar que hay tres tipos de judíos sefardíes, como se muestra a continuación, aunque dicha clasificación no es totalmente taxativa:

1) Los de origen español (ya citados anteriormente).

2) Los de origen portugués (que fundamentalmente se encuentran en Brasil, Holanda y EEUU).

3) Los Mizrajies o judíos orientales (originarios de Israel, Irán, Yemen, Jordania e India).

Finalmente, la acreditación de la condición de sefardí originario de España se realizará mediante certificados. ¿Cómo? No dude en consultarnos. Desde nuestro despacho en Madrid le daremos todos los detalles.

sábado, 26 de septiembre de 2015

Las pruebas de nivel

Para solicitar la nacionalidad española, no es necesario residir en España, pero sí que se exige superar unas pruebas de idioma y de conocimiento de la Constitución y la realidad social y cultural españolas. Estas pruebas deberán superarlas todos los mayores de dieciocho años y personas que no tuvieran la capacidad modificada judicialmente. Si quiere informarse acerca de las pruebas, también puede contactar con nuestro despacho en Madrid. Nuestros abogados conocen la ley y sabrán asesorarle en todo momento.

¿Cómo son las pruebas? Las diseña y administra el Instituto Cervantes. Los diplomas DELE son títulos oficiales que emite éste centro en nombre del Ministerio de Educación. De acuerdo al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, el nivel A2 es el segundo de un total de seis niveles, donde debe demostrarse que se es capaz de comprender frases y expresiones de uso frecuente relacionadas con información básica sobre sí mismo y su familia, compras, lugares de interés, ocupaciones, etc., y saber comunicarse a la hora de llevar a cabo tareas simples.

La prueba de conocimiento sociocultural consiste en un test de 25 preguntas de respuesta cerrada sobre distintos aspectos de la realidad constitucional, social y cultural de España.

Si desea saber dónde prepararse para estas pruebas y dónde realizar los exámenes, no dude en preguntarnos, estamos a su disposición para atenderle en todas las cuestiones del procedimiento.

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